Sección Sindical CC.OO Fertiberia-Palos

CCOO-Confederación Sindical

Unión Provincial de Huelva

miércoles, 22 de septiembre de 2010

¿Sabías qué…? Nº 2

CON LA REFORMA LABORAL…
MÁS CAPACIDAD DE DESCUELGUE SALARIAL

Ejemplo práctico: Un convenio de sector fija un salario medio para las personas trabajadoras de 1.450 euros, pero hay una empresa que lo considera excesivo y pretende implantar un salario inferior.

Antes de la reforma:
- El Convenio Colectivo del Sector regulaba los mecanismos del descuelgue, para controlar, verificar o restringir la posibilidad de rebajar el salario del convenio.
- Cualquier Acuerdo de Empresa tenía que ajustarse a ese Convenio.
- La Comisión Paritaria revisaba el nuevo salario y podía aceptar o no esa rebaja salarial.

Con la reforma:
- Mediante Acuerdo de Empresa se puede establecer un salario inferior al convenio del sector con el único argumento de que si se aplica el salario del convenio “podría” dañarse la situación o
perspectivas de la empresa.
- Como la causa no precisa prueba concluyente (puede ser un daño futuro y no actual), es prácticamente imposible que un juez anule el acuerdo.
- Se suprime la intervención de la Comisión Paritaria.

REFORMA LABORAL
1.- Se introduce el DESCUELGUE PREVENTIVO; con la mera previsión de evolución negativa de la situación de la empresa se puede rebajar el salario del convenio.
2.- Se eliminan los dos mecanismos para impedir abusos en la rebaja del salario a nivel de empresa:
- La regulación necesaria del convenio sectorial.
- El control de la Comisión Paritaria del convenio sectorial.
3.- Es prácticamente imposible un control judicial posterior del Acuerdo de Empresa.
4.- Nuevamente, se REFUERZA EL PODER EMPRESARIAL para disponer de las condiciones de trabajo de todos los trabajadores y trabajadoras de este país.

lunes, 20 de septiembre de 2010

¿Sabías qué…? Nº 1

CON LA REFORMA LABORAL…
SE INTRODUCE EL DESPIDO PREVENTIVO
Basta con invocar que el despido puede servir para evitar problemas económicos, organizativos o productivos futuros en la empresa, lo que en realidad en ninguna se puede descartar.

Ejemplo práctico: “Despido por causas productivas”
Una empresa considera que la evolución de los mercados determinará que sus productos dejarán de ser competitivos al no poder hacer frente, en el futuro, a los de la competencia exterior. Ante ello se plantea dejar de producirlos y acudir al despido de los trabajadores y las trabajadoras por causas productivas.


Antes de la reforma: El despido en estas circunstancias siempre era injustificado, por cuanto:
1.- La empresa no presenta una situación de dificultad actual, ni un problema actual de viabilidad, sino meramente de futuro.
2.- Además, no le era posible acreditar los problemas de viabilidad, porque no podía depender de meras conjeturas sobre la evolución futura de los mercados.

Con la reforma: Al reconocer ésta el despido preventivo, estos despidos se consideran justificados, porque:
1.- La ley admite expresamente que es causa de despido procedente la previsión de un problema económico, organizativo o productivo que pueda ocurrir en un futuro.
2.- Ya no se precisa probar las dificultades de forma concluyente, sino que son meras conjeturas de futuro.

Estamos ante una reducción de la garantía de estabilidad en el empleo que afecta a todos y a todas las trabajadoras, ya sean fijos, temporales, con contrato antiguo o nuevo.

martes, 7 de septiembre de 2010

Primas por Objetivos

En la próxima nómina de Septiembre volveremos a cobrar la Prima de Absentismo correspondiente al período May-Ago 2010 que corresponde a la cantidad de 160 € para aquellos trabajadores que no hayan faltado ningún día al trabajo.

También se nos abonará los 350 € correspondientes al Premio Estímulo a la Prevención de Accidente (EPA) correspondiente al período Sep-2009 / Ago-2010 por motivo de 0 accidente.

martes, 24 de agosto de 2010

Absentismo Ene-Abr 2010

Con fecha 23 de junio de 2010 la Sección Sindical de CC.OO emitió a la Comisión Mixta la siguiente petición:

"Por medio del presente escrito vengo a formular consulta a la Comisión Mixta en su reunión prevista para la 2ª quincena del mes de Julio por el motivo que durante el cuatrimestre Ene-Abr 2010 el índice de Absentismo en el Centro de Palos ha sido del 5,86% lo que supone que hemos superado el índice de referencia en tan sólo 3 centésimas.
En referencia a casos similares hemos de comentar el caso de Sagunto que con una décima de diferencia sobre el índice de referencia fue la propia Dirección quien solicitó hacer esta pequeña excepción.
Dado que la situación del Centro de Palos viene provocado principalmente por una baja de larga duración que derivó en una incapacidad absoluta del trabajador afectado, solicitamos que se considere conseguido el objetivo y se pague el correspondiente plus."

Dicha petición ha sido aprobada y por ello en la próxima nómina la veremos abonada.

Evolución del Mercado

Evolución del Mercado
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